DERECHOS HUMANOS Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Con las nuevas tecnologías, han debido actualizarse las ideas que rodean tanto a la
aplicación como a la interpretación de las Normas Nacionales e Internacionales.
Esto ha desembocado en lo que llamamos "interpretación evolutiva"
CIDH Fallo "Artavia Murillo":
"Los tratados de derechos humanos son instrumentos vivos, cuya interpretación tiene que
acompañar la evolución de los tiempos y las condiciones de vida actuales". Dentro de los principios generales inclutyen que son un derecho humano, es decir, son inherentes a todas las personas
sin distinción,en todos los Ámbitos, incluso Internet, Sin consideración fronteras. Conforme Declaración Universal DDHH Y PACTO DCyP:
Aplicación impulsa
Logro Objetivos
desarrollo sustentable
Los estados deben: Absenerse de aplicar o cesar aplicación de medidas que impidan u obstaculicen acceso o divulgacion información.
OBLIGACIONES ALTO COMISIONADO ONU
Seguir examinando:
• La promoción, la protección y el disfrute DDHH, incluido el derecho a la
libertad de expresión, en Internet y en otras tecnologías de la
información y las comunicaciones
• La forma en que Internet puede ser una herramienta para fomentar la
participación ciudadana y de la sociedad civil y para lograr el desarrollo
en cada comunidad y el ejercicio de los derechos humanos, de
conformidad con su programa de trabajo.
FAKE NEWS:
Falsos reportes de eventos o sucesos diseminados mayormente en internet, cuyo fin
es influenciar o manipular posiciones politicas o ideologicas o buscan burlarse de
ciertas situaciones
RIESGOSAS YA QUE PUEDEN
(Y SUELEN) GENERAR:
• CONFUSIÓN/DESCONFIANZA SOBRE ESTADÍSTICAS O DATOS OFICIALES
• DESCREIMIENTO DE LAS INSTITUCIONES, LO QUE PROVOCA A SU VEZ COMPORTAMIENTOS
TEMERARIOS O DESACATO A RECOMENDACIONES OFICIALES.
• MIEDO, TEMOR, SENSACIÓN DE INSEGURIDAD EXACERBADAS
• TARGETIZACIÓN DE GRUPOS VULNERABLES, DISCURSOS DE ODIO HACIA GRUPOS MINORITARIOS
AL PROYECTAR UNA REALIDAD SEZGADA Y/O MANIPULADA PARA GENERAR
O AGRAVAR SITUACIONES DE DISCRIMINACIÓN.
1) Las prohibiciones basadas en conceptos imprecisos y ambiguos (incluidos "noticias
falsas" "fake news" o "información no objetiva") son incompatibles con los estándares
internacionales sobre y deberían ser derogadas.
2) Las leyes sobre difamacion:
PENALES: constituyen restricciones desproporcionadas y deben ser derogadas.
CIVILES: serán legítimas si se concede a los demandados una oportunidad plena de
demostrar la veracidad de esas declaraciones y pueden hacer valer otras defensas, como
la de comentario razonable ("fair comment")
REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LAS RESTRICCIONES
3) Bloqueo de sitios web enteros, direcciones IP, puertos o protocolos de red son medidas
extremas solo justificadas cuando:
• Se estipule por ley
• Resulte necesaria para proteger un derecho humano u otro interés público legítimo,
• Sea proporcionada
• No haya medidas alternativas menos invasivas que podrían preservar ese interés
• En su aplicación se respeten las garantías mínimas de debido proceso.
4) Intermediarios no deben ser legalmente responsables en ningún caso por
contenidos de terceros a menos que intervengan específicamente en esos contenidos o se
nieguen a acatar una orden de remoción de contenido teniendo la capacidad suficiente
para hacerlo, cuando esta sea dictada por un órgano de supervisión independiente,
imparcial y autorizado (como un tribunal)
5) Aplicación sin consideración de fronteras para evitar excesos en las restricciones que
pueden crearse en las diferentes Juridiscciones sobre:
• Medios/Sistemas de comunicación que operan desde fuera de jurisdicción de un
Estado
• Restricciones que alcanzan a poblaciones en Estados distintos del Estado de origen.
6) Cancelar derechos de retransmisión de programas o congestionar señales de una
emisora en otra jurisdicción solo será legítimo cuando
• sea ordenada por órgano de supervisión independiente e imparcial
• Se haya determinado que dicho contenido comporta una violación grave y persistente
de una restricción legítima
• Medios alternativos para resolver el problema, incluido el contacto con las
autoridades del Estado de origen, hayan resultado claramente ineficaces.
INTERMEDIARIOS: SITIOS WEB Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Salvo necesidades de competencia o necesidades operativas legítimas, Deben aplicar las
siguientes medidas:
1. Asegurar que sus usuarios puedan consultar y comprender fácilmente las políticas y
condiciones de servicio, incluido las restricciones.
2. Cuando desarrollen medidas para limitar contenidos de terceros que sean más restrictivas que
las estatales deben:
• Adoptar reglamentación clara y preestablecida.
• Basarlas en criterios objetivamente justificables, y no en fines ideológicos o políticos
• Adoptarlas, dentro de lo posible, luego de consultar con sus usuarios.
• Respetar al aplicarlas la garantía del Debido Proceso, que incluye notificación oportuna cuando el
contenido pueda ser objeto de este tipo de sanción y brindar la oportunidad de reformar.
DE LOS INTERMEDIARIOS:
*Apoyar la investigación y el desarrollo de soluciones tecnológicas adecuadas para la desinformación y la
propaganda, que los usuarios puedan aplicar en forma voluntaria.
*Cooperar con iniciativas que ofrezcan servicios de verificación de datos a los usuarios y revisar sus modelos
de publicidad para garantizar que no tengan un impacto adverso en la diversidad de opiniones e ideas
DEBERES IDEALES DE LOS INTERVINIENTES:
DE LOS ACTORES ESTATALES:
*En consonancia con sus obligaciones jurídicas nacionales e internacionales y sus deberes públicos, deben de
abstenerse de realizar cualquier conducta que promueva la desinformación o la propaganda
*Desarrollar formas de combatir la desinformación y propaganda
DE TODOS LOS ACTORES INTERVINIENTES (incluye académicos y sociedad civil):
Deben dar y recibir apoyo para formular iniciativas participativas y transparentes que favorezcan
una mayor comprensión del impacto que tienen la desinformación y la propaganda en la democracia, la
libertad de expresión, el periodismo y el espacio cívico, así como respuestas adecuadas a estos fenómenos
COVID Y ONU – INICIATIVA VERIFIED
BUSCA: Contrapesar las percepciones equivocadas y brindar información precisa y
confiable sobre el COVID-19
A TRAVÉS DE:
• Enseñar a a las personas que los datos a compartir deberían ser únicamente
los presentados por fuentes oficiales, preferentemente que posean el símbolo de
"fuente oficial verificada" (Tic blanco en círculo azul)
• Trabajo de voluntarios registrados que se ofrezcan a recibir contenido verificado y
difundirlo
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