Dogmática de Shuneman sobre el espíritu de la ciencia jurídico-penal alemana
Con el fin de resaltar el contraste de la situación espiritual de la ciencia jurídico-penal actual, el esquema de interpretación de Wurtenerger recalca el concepto de personalidad humana (1953 en Alemania). Esta idea era dominante respectoi a otras por su individualidad en su dignidad y responsabilidades. Fue una propuesta de punto angular tranto del ordenamiento de bienes jurídicos del derecho penal, como del sistema de acciones de este.
A su vez, se habla de una búsqueda de fundamentos filosóficos. Se declara partidario de un derecho penal natural, vinculado al ser propio que obliga a respetar el proceso penal del infractor. También preecribe la protección de la dignidad humana por parte del derechpo penal por encima d ela legalidad injusta.
Wurtenmberger demandaba una remodelación del ordenamiento de bienes jurídicos con la base primordial que recae en la dignidad humana. Fue el sistema de sanciones que exigió una individualización y adoptación de 4 de las siguientes características:
- medidas
- ejecución
- duración
-peculiaridades de la personalidad del/a autor/a
Pero, es inevitable preguntarse, qué es el delito? es el producto de la personalidadf infractora del derecho. Es estudiado por la criminología (bajo los lineamientos de este autor) y propone el contenido del concepto del delito. Por otro lado, criticó la teoría personal del injusto de Welzel, y rechazó el pensamiento lógico de la dogmática.
Individualismo (Frank) vs Normativismo (Jakobs)
El sistema normativista de Gunther Jakobs está orientado a una base en la teoría funcional del sistema. Es un polo opuesto al pensamiento lógico-material. Muchas veces era considerado una capitulización incondicional ante la práctica política imperante en la actividad del legislador.En el individualismo, en cambio, el propósito es exprimir un único principio, son decisiones ad hoc.
En la ciencia jurídico penal alemana, el discurso es real y lo componen dos bloques: la dogmática sin consecuencias y la parte crítica.
En la dogmática sin consecuencias, son causas eclécticas del tradicionalismo. Es la existencia de pura política de intereses disfrazada de ciencias. En la parte cr'tica, el pensamiento es dualista y está compuesto de la lógica material y la razón práctica que fundamentan al derecho penal en una sociedad postmoderna bajo una perspectiva filosófica y político social.
Retomando el concepto de individualismo monista de la Escuela de Frankfurt, Hassemer habla del derecho penal clásico desarrollado post la muerte del derecho natural, como onsecuencia de la epistemología de la filosofía idealista, cuya base del contrato social se dio en la Ilustración (derecho racional).
Antes de seguir aentrandonos en la teoría monista individualista, es relevante mencionar la teoría de coacción psicológica de Feurbach, la cual anticipó esta (Grocio). Y la teoría de la pena en la Ilustración, una mezcla de consideraciones preventivo-genrales/especiales. Como mención aparte, no se puede soslayar a Herzog cuando se refiere a los delitos de peligro abstracto en el siglo XX, por parte de la policía, un monopolio uniformado y los peligros del espíritu de los ordenamientos imperiales de este cuerpo federal.
El derecho penal moderno está caracterizado por la creación contínua de nuevos tipos penales destinados a la protección de bienes jurídicos universales (Hassemer). Este autor coincide en que la mayoría de los tipos en cuestión deberían ser eliminados del Código penal.
Encuadrado en la teoría monista-individualista del bien jurídico presenta una relación on Wurtenberger, es una práctica de modo directo que debía reorganizar el ordenamiento de bienes jurídicos sobre la base del individuo como su máximo valor y objeto de protección. Es por eso que se vincula con la idea de contrato social dominante en la Ilustración dejando en segundo plano al idealismo alemán. Son dos los aspectos esenciales de Hassemer:
1- No puede limitarse la participación del contrato social y los derechos y oblkigaciones que derivan de él.
2- Jerarquía de valores
Las contribuciones más relevantes de esta escuela a las corrientes principales de la ciencia jurídico-penal alemana de la actualidad consiste en la crítica acerba de la teoría del delitp del peligro abstracto, en una sociedad de riesgo cuya siustitución de contextos de acción individual se da en contextos de acción colectiva.
El principio de determinación, nullum crimen sine lege. La existencia de una relación adecuada entre el injusto típico y la intensidad de la pena amenazada, la anatemización del delito del peligro abstracto y la defensa de la perspectiva individualista del proceso penal son otros ejemplos de lo mismo.
Jakobs niega la punibilidad de personas jurídicas en el derecho postivo. El jurista rechaza la delimitación descriptiva de conceptos dogmáticos y la interpretacion de los conceptos de la funcionalidad sistémica en relacion al sistema que utilice en cada momento el derecho postitivista. Rige su método normativista funcionalista mencionado previamente.
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